Cada Cámara Legislativa cuenta con partidas presupuestarias destinadas a afrontar subsidios con respaldo en la normativa citada y sujetos a rendición de cuentas y control por parte del Tribunal de Cuentas de la Provincia.
La Cámara de Senadores de la Provincia de Santa Fe en el marco de lo dispuesto por la Constitución Provincial y conforme al Presupuesto de Cálculo Anual de Gastos y Recursos Generales de la Provincia de Santa Fe (Presupuesto Provincial) promulgado por el Poder Ejecutivo Provincial (Gobernador de la Provincia de Santa Fe) tiene asignados recursos específicos para cada período anual.
Los mismos son gestionados y distribuidos a Instituciones de los 19 departamentos por cada uno de los 19 Senadores Provinciales respectivamente así como por el Vicegobernador de la Provincia (en su desempeño como Presidente de la Cámara de Senadores) y que poseen idénticos montos anuales cada uno de ellos con destino a diversas finalidades:
Educación y Cultura:
Apoyo a actividades educativas y culturales llevadas adelante por los distintos establecimientos y entidades del departamento.
Asistencia a estudiantes de distintos niveles educativos.
Provisión de banderas nacionales y provinciales a establecimientos educativos y culturales.
Salud:
Asistencia a instituciones prestadoras de servicios de salud.
Asistencia a personas con necesidades urgentes en materia de salud.
Infraestructura y equipamiento:
Aportes para la adquisición de equipamiento, construcción o reparación de infraestructura y desarrollo de proyectos en materia de salud, educación, prevención, seguridad, etc.
Ayudas Sociales:
Ayudas para la atención de necesidades urgentes de personas e instituciones.
Fiestas Regionales y Eventos:
Apoyo para la realización de fiestas locales, regionales o provinciales, ferias, aniversarios y otros eventos de interés público organizados por las distintas localidades y entidades del departamento.
Deportes:
Asistencia a clubes y deportistas para el financiamiento de sus actividades.
Detallada rendición de cuentas.
En este espacio de la web encuentran el listado completo de los aportes realizados a lo largo de los 4 años del último período de mi mandato. Sólo es necesario clickear sobre cada uno de los títulos para acceder a la información completa.
Para conocer el listado histórico, aquí. Beneficiarios Años Anteriores
La Constitución Provincial en su artículo 55 inciso 22 establece que corresponde a la Legislatura conceder subsidios. En virtud de ello, la Cámara de Senadores otorga aportes a distintas personas físicas o jurídicas para destinar a la atención de necesidades de diversa índole.
Los datos relativos a estos aportes se encuentran amparados por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales (artículos 5, 7 y concordantes).